Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Séptimo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA la LIBERTAD SIN RESTRICCIONES a favor de los ciudadanos ALEJANDRO JUNIOR ARELLAN, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-17.409.158, natural de Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, nacido en fecha 24/09/1982, de 25 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio taxista, hijo de los ciudadanos: Marcelino Pinto (v) y Belkys Arellan (v), residenciado en las Delicias, Calle Orinoco, Casa Nº 52, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui y JESUS ADRIAN PEREZ SERRA, venezolano, Cédula de Identidad Nº V-17.733.043, nacido en fecha 14/05/1983, de 25 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio parrillero, hijo de los ciudadanos: Andrés Pérez (v) y Leonor Maria Serra (v), residenciado en las Delicias, Calle Los Olivos, Casa Nº 50, Puerto .....