DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra de los imputados LUIS EDUARDO PADRON ORIHUELA, quien es venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° V-20.219.666, natural de caracas, Región Capital, nacido en fecha 30/04/1990, de 20 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio: Ayudante de Albañilería, hijo de los ciudadanos: Luís Padrón (v) y Yusmari Orihuela (v), residenciado en: Orilla del canal, Tronconal V, frente de la Placita, Barcelona, Teléfono 0412-8122150 y JOSE ANTONIO CUENTAS RODRIGUEZ, quien es venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.411.781, natural de Caracas, Región Capital, nacido en fecha 23/07/1976, de 35 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio: Comerciante, hijo de lo.....