En razón de los hechos anteriormente expuestos, es por lo que este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, y con base a lo previsto en el artículo 185 del Código Civil, en concordancia con la sentencia Nro. 693 de la Sala Constitucional del tribunal Supremo de Justicia, de fecha 02-06-2015, DECLARA CON LUGAR, la Solicitud de Divorcio, presentada por ALVARADO WISTON ZAPATA VERA Y ALEJANDRA MAIGUALIDA MALDONADO DE ZAPATA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cedulas de Identidad Nro. V-6.337.836 y V-11.417.046, respectivamente. Correos electrónicos:alvarowzapatav@hotmail.com y Amma.goaricha@hotmail.com, teléfonos: 0424-8754395 y 0424-8897710, respectivamente, y se ordena la disolución del vínculo matrimonial contraíd.....