Con base a los razonamientos de hechos y de derechos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sede el Tigre, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: HOMOLOGA la transacción celebrada por el abogado en ejercicio DANIEL GONZALEZ MEDINA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 87.446, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JESUS ANTONIO URBINA y LISBETH JOSEFINA URBINA BETANCOURT, plenamente identificados, y el ciudadano CARLOS ALFREDO MORENO SILVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.779.425, debidamente asistido por el abogado en ejercicio JOSE ARTHUR CENTENO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 49.946, en los mismos términos y condiciones presentado, todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civi.....