esta Jueza del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui, sede El Tigre, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, y en aras de garantizar el derecho a la Identidad y a obtener los documentos de identificación, así como su derecho a un nombre y a una nacionalidad, establecidos en los Artículos 16,17, 22 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; y el contenido del artículo 81 de la Ley Orgánica de Registro Civil considera procedente y ajustado a derecho, en consecuencia, acuerda PRIMERO: Declarar Con Lugar la Solicitud de INSERCION DE ACTAS DE REGISTRO CIVIL, formulada por el Abg. ARTURO GUILLEN, Defensor Público Segundo en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes adscrito a la Unidad de Defensa Pública del Estado Anzoátegui, extensión El Tigre, actuando de conform.....