Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Sección de Adolescente del Circuíto Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA CESACIÓN de las sanciones de IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA, por el plazo de SEIS (6) MESES, SERVICIOS A LA COMUNIDAD, por el tiempo de SEIS (6) MESES y LIBERTAD ASISTIDA, por el tiempo de UN (1) AÑO, fueran impuestas al joven adulto (IDENTIDAD OMITIDA), venezolano, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació el (FECHA OMITIDA), de 18 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° (OMITIDA), hijo de los Ciudadanos (IDENTIDADES OMITIDAS), residenciado en la (DIRECCION OMITIDA), Estado Anzoátegui, y en consecuencia ORDENA la LIBERTAD PLENA; todo de conformidad con lo establecido en los artículos 629, 645 y 647 literal h) de la Ley Orgànica Para la Protecciòn del Niño y Adole.....