Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal de Primera Instancia en función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: ORDENA LA COMPARECENCIA del sancionado JEAN CARLOS DAVID GUEVARA HERRERA, Venezolano, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, nacido en fecha 05/11/1987, portador de la cedula de Identidad 19.456.735, soltero, Primer año de bachillerato, hijo de los ciudadanos Luís Guevara E Iris Del Valle Herrera, residenciado en la Calle Barrancón, Barrio La Aduana, casa Nº C-38, Barcelona, Estado Anzoátegui ; dentro del tercer (3) día hábil siguiente a su notificación, a los fines de que consigne constancia de trabajo que acredite el cumplimiento de la medida de IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA, que le fue impuesta por el lapso de Un (01) Año. Todo de conformidad con los artículos 646 y 647 de la L.....