Siendo la oportunidad legal para que este Tribunal se pronuncie sobre la admisión del Recurso Contencioso Administrativo, interpuesto por el ciudadano Tilman Alfredo Salazar Ríos, titular de la cédula de identidad N° 8.237.206, asistido por el Abogado Luis Alexis Méndez Chacón, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 16.089, contra el Acto Administrativo dictado por el Alcalde del Municipio Libertad del Estado Anzoátegui; y por cuanto la misma no es contraría al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, ADMITE el Recurso cuanto ha lugar en derecho. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 78 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa se ordena las notificaciones de los ciudadanos Alcalde del Municipio Libertad del Estado Anzoátegui, así como al Síndico Procurador Municipal del Municipio antes mencionado .....