RESOLUCIÒN
Con base a los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Juicio No 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui ADMINISTRANDO JUSTICIA, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por AUTORIDAD de la LEY pasa a decidir de la siguiente manera: PRIMERO: ACEPTA la excusa planteada por el ciudadano DOUGLAS JOSE MARCANO RONDON. SEGUNDO: Acuerda informar a la oficina de Participación Ciudadana, a los fines de notificar a otro ciudadano del Listado de Seleccionados o se realice un Sorteo Extraordinario si fuere necesario, para que comparezca el ciudadano seleccionado ante este Despacho, el día 01de agoto de 2.008 a las 10:15 a.m., conforme a lo establecido en el articulo 163 en concordancia con el articulo 65, ambos del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Se acuerda notificar a las partes de lo aquí acordado. Cúmplase.