Por las consideraciones antes explanadas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 05, del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: a favor del ciudadano RAFAEL ROMERO DIAZ extensiva a sus familiares que habiten con él, Medidas de Protección, conforme a lo dispuesto en el artículo 120 del Código Orgánico Procesal Penal.
PRIMERO: Oficiar al Director del Instituto Autónomo de la Policía del Municipio Peñalver Estado Anzoátegui, para que se sirva tomar las debidas previsiones a fin de brindar protección al ciudadano RAFAEL ROMERO DIAZ.
SEGUNDO: La Vigilancia policial por un lapso de ocho (8) meses en los alrededores de la residencia de la víctima, ubicada en el Sector Vista al Mar, calle Guaicaipuro, segunda casa, de la ciudad de Puerto Píritu, Estado Anzoátegui, y el reporte diario de novedades sobre el esta.....