Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INAMISIBLE IN LIMINIS LITIS la presente demanda, Interpuesta por los Abogados Tomas Ignacio Hernandez Bello y Nikary Vasquez Gamez, plenamente identificados, actuando en sus Caracteres de Apoderados Judiciales de la Sociedad Mercantil Proagro C.A, contra el Acto Administrativo de fecha 11 de Agosto de 2015, dictado por la Alcaldía del Municipio Guanipa del Estado Anzoátegui.-
SEGUNDO: Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad legal correspondiente.-