CON LUGAR, la cuestión previa del ordinal 4to del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, opuesta por el ciudadano MIGUEL ANGEL RUIBAL FERNANDEZ, quien fuera demandado como representante legal de la Sociedad Mercantil "SERVICIOS ADMR 20 C.A.", a través de su Apoderado Judicial, abogado en ejercicio LUIS BELTRAN CALDERON MEJIAS, en el juicio de DESALOJO, propuesto por la ciudadana ARACELIS DIAZ PEÑATE, a través de su apoderada judicial, abogada en ejercicio ANA KARINA MARCANO SALAZAR (y otros), todos plenamente identificados. Se condena en costas a la parte demandante, por haber resultado totalmente vencida en la presente incidencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil. En virtud de la presente decisión y de conformidad con lo establecido en el artículo 867, en concatenación con lo dispuesto en los artículos 350 y 354, todos del Código de Procedimiento Civil, se suspende el presente proceso, hasta que el demandante subsane de .....