Con vista de las consideraciones anteriores, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial de Estado Anzoátegui, con sede en la ciudad de El Tigre, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda por cobro de diferencia sobre prestaciones sociales y otros conceptos laborales, incoada por la ciudadana MARIA RECIO, en contra del la empresa HUABEI PETROLEUM SERVICES, S.A. En consecuencia se condena a la demandada al pago de la suma NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO BOLIVARES CON DOS CENTIMOS ( Bs. 993.648,02), sin perjuicio de los montos que arroje la experticia complementaria del fallo que se ha ordenado en la presente sentencia.