Este Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medida de los Municipios Simon Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos, convenida entre los cónyuges, Ciudadanos DAMASO MIGUEL GARCÍA CARVAJAL Y ANA CRISTINA PUERTA DE GARCIA, venezolanos, mayores de edad, titulares Cédula de Identidad Nros. V-14.779.116, V-16.759.871; y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial existente entre ellos, el cual fue contraído por ante el Registro Civil del Municipio Heres, Parroquia Catedral del Estado Bolívar, inserto bajo el Acta de Matrimonio Nº 81, Folios 159 y 160, año 2010, la cual fue acompañada en autos en copia certificada y así se decide.-