En consecuencia, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, procediendo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, mientras no haya oposición en contrario y dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros, declara bastantes y suficientes dichas actuaciones para asegurarles a la ciudadana MARIA DEL ROSARIO MENDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-2.801.142, SUS DERECHOS COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del difunto: OCTAVIO RAFAEL SALAZAR MENDEZ, quien se identificaba con el número de cédula V-12.575.767, fallecido sin dejar testamento en fecha 24-10-2021, según consta en Acta De Defunción Nro. 2916, Folio 166, emanada del Registro Civil del Munic.....