Por los consideraciones antes expuestas este Tribunal de Primera de Instancia en función de  Control Nº 2 del Sistema Penal de Responsabilidad Penal de  Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el petitorio de la  Abg. JULIA SFORZA RODRIGUEZ, actuando su carácter de Defensora Pública del ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, y en consecuencia ACUERDA  convocar a  una audiencia oral y reservada de PLAZO PRUDENCIAL, para el día MARTES  16 de DICIEMBRE del 2008 a las ONCE de la mañana (11:00 AM),  para que la Representante del Ministerio Público presente la conclusión de su investigación, en consecuencia líbrese las respectivas convocatorias. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 313 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado supletoriamente por remisión expresa del arti.....