En consecuencia, este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, ACUERDA LA INMEDIATA EJECUCION DE LA SENTENCIA ABSOLUTORIA dictada a los ciudadanos JHON JOSE GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.035.863, natural de Caracas, Distrito Capital, donde nació en fecha 10/09/1980, de 27 años edad, de Estado Civil soltero, de profesión u oficio ayudante de pintura, hijo de ZORAIDA DEL VALLE GONZALEZ y JUAN DE DIOS GONZALEZ, y residenciado la Calle Olivo Nº 07, Barrio Las Delicias, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui; por la comisión del delito OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, de fecha 10/01/2008, la cual riela a los fol.....