Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, éste Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA la Admisión de la demanda que por ACCIÓN MERO DECLARATIVA, incoara la ciudadano ARLENNYS ISIDRA CASTILLO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 17.731.193, debidamente asistida por la abogada en ejercicio LUZMIR SAAVEDRA, inscrita en el I.P.S.A, bajo el Nº 85.630, en contra del ciudadano FRANCISCO MANUEL CAYAMO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 15.051.001.- Así se decide.-