DISPOSITIVA
Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, EJECUTA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano ODARLYS DEL CARMEN MILLAN , titular de la Cédula de Identidad Nº 13.689.550, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 17/09/75, de 32 años de edad, de profesión u oficio Comerciante, de estado civil Soltera, hija de los ciudadanos: LOURDES MILLAN (V) y JULIO HERNANDEZ (V), residenciado en: Calle 19 de Abril, El Rincón del Paraíso, casa N° 15 Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, por la presunta comisión de los delitos de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Trafico y el Consumo de Sust.....