En cuanto a la solicitud formulada por el Defensor de Confianza del acusado en relación a la aplicación de una Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, considerando las constancia que consigna en este acto, invocando a su vez la cualidad de funcionario policial activo de su patrocinado,, no obstante considera este Tribunal que admitida como ha sido la acusación interpuesta por la vindicta pública, por la calificación jurídica del delito de HOMICIDIO CALIFICADO y USO INDEBIDO DE ARMA, cobra vigencia la presunción razonable de peligro de fuga en cuanto a las circunstancias a la pena que pudiera llegar a imponerse, el daño causado, considerando el bien jurídico afectado por ambos delitos, si dejar de observar que la cualidad de funcionario policial que ostenta el acusado a pesar de ser un elemento de favorabilidad invocado por la defensa no deja de ser un factor o elemento a considerar respecto a la injerencia que pudiere tener el acusado sobre cualquier testigo que habrá de deponer en .....