este Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara las anteriores actuaciones suficientes para asegurarles su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante PEDRO ELIGIO LEÓN GUEVARA, a los ciudadanos VESTALIA MARRERO de LEÓN, URSULA MARÍA LEÓN GAMBOA, DAYANA CAROLINA LEÓN GAMBOA, INGRID DEL VALLE LEÓN GAMBOA, MARIELA DE LA CONCEPCIÓN LEÓN MARRERO, PEDRO CELESTINO LEÓN MARRERO y MONICA JOSEFINA LEÓN MARRERO, anteriormente identificados, en su condición de viuda la primera e hijos los siguientes del de cujus, dejándose en todo caso a salvo los derechos de terceros, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Igualmente, devuélvase original a la parte solicitante, déjes.....