IV
DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en el presente juicio de Prescripción Adquisitiva que ha incoado el ciudadano JERZY LOJEWSKI SOKOL, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 24.519.088 y domiciliado en Lechería, Estado Anzoátegui, representado por su Apoderada Judicial NATASHA VILLALBA, Abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 198.817, en contra del ciudadano JOSÉ MARTÍNEZ BELTRÁN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 1.750.571, domiciliado en la Calle Bolívar, Edificio Montilla, apartamento 3, Municipio Juan Antonio Sotillo del Estado Anzoátegui y/o a sus Herederos Desconocidos, REPONE la presente causa al estado de citar nuevamente a la Abogada MARY GONZÁLEZ.....