Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Control, Audiencia y Medidas en Materia de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, a cargo de la Jueza Encargada DRA. LUZ ZORAYA ARREAZA, mediante oficio Nº 435/2009 emanado de la Presidencia de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida al ciudadano TEOFILO MARIANO HERNANDEZ BRAVO, antes identificado, por la comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA, ACOSO U HOSTIGAMIENTO, AMENAZA Y VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 39,40, 41 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 318 numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal. Asimismo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 319 del Código Orgánico Procesal Penal, lo cual tiene como efecto la conclusión d.....