DECISIÓN
Por las razones antes expuestas este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la pretensión de Divorcio, introducida por el ciudadano JUSTINIANO ANTONIO CALDERIN BONILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.048.807, debidamente asistido por la abogada en ejercicio ARBEL MONTEVERDE CAMPOS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 61.350, en contra de la ciudadana ANA DEREIDA MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.207.950, fundamentada en la Causal Segunda del Artículo 185 del Código Civil. En consecuencia, queda disuelto el matrimonio contraído el 12 de Mayo de 1.972, por ante la Prefectura de la Parroquia Pozuelos del Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui, tal como se evidencia en el Acta de Matrimonio, Nro 210 del Libr.....