En consecuencia, este Tribunal de Juicio N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, REVOCA POR INCUMPLIMIENTO LAS MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS, decretadas por el Tribunal de Control N° 06, en fecha 06-09-2004, de conformidad con el artículo 262 del Código Orgánico Procesal Penal; y en consecuencia se ACUERDA EXPEDIR ORDEN DE CAPTURA AL ACUSADO JESUS ENRIQUE HERNANDEZ GONZALEZ, venezolano, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.332.290, donde nació el día 25-03-64, de estado civil soltero, de profesión u oficio chofer, hijo de HECTOR HERNANDEZ (v) y CLARISA GONZALEZ DE HERNANDEZ (v), residenciado en Calle Pinto Salinas, N° 71, Pozuelos, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui. SEGUNDO: Se Decreta Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad en contra del acusado JESUS ENRIQUE HERNANDEZ GONZALEZ, de conformidad con los artículos 250 y 251 del C.....