Este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: INADMISIBLE la solicitud de EXEQUÁTUR presentada por el ciudadano SALAH BADIH SOUKI MATAR, venezolano, mayor de edad, titular de cédula de identidad N° V-8.248.796, actuando en su carácter de apoderado de la ciudadana NANCY SOUKI EL BAHRI, venezolana, mayor de edad, titular de las cédula de identidad N° V-16.798.856, asistido por el abogado PEDRO CRUZ IRAZABAL, I.P.S.A Nº 26.262.