Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara SIN LUGAR la Recusación propuesta por el abogado AUGUSTO ADOLFO CALZADILLA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.620, actuando en su condición de Apoderado judicial de la Sociedad Mercantil INVERSIONES LOS ASADORES, C.A, tercero interesado en la presente causa, en contra de la ciudadana Jueza abogada ESTHER MARIA CAMERO DE GUEVARA, del Juzgado del Municipio Diego Bautista Urbaneja del Estado Anzoátegui, fundamentada en la causal 15 del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil.-
En atención al anterior dispositivo, este Juzgado ordenar remitir la las presente actuaciones a el Tribunal Aquó de acuerdo con lo establecido en el articulo 93 del Código de Procedimiento Civil, y de .....