este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República y por la Autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio, formulada por los ciudadanos: JOSE FRANCISCO VALERA y MARIA MAGDALENA JARAMILLO DE VALERA, ambos anteriormente identificados y en consecuencia declara disuelto el vinculo matrimonial que los unió, celebrado ante la Prefectura del Distrito Rivas, del Estado Guárico, en fecha 27 de agosto de 1.984.-