JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara FIRME EL DECRETO INTIMATORIO de fecha 25 de mayo de 2006, en consecuencia, se condena al ciudadano JEAN CRUZ CARABALLO PRADO, ya identificado, a pagarle al abogado JOSÉ ANTONIO MÁRQUEZ LOSADA, la cantidad de VEINTIOCHO MIL BOLÍVARES FUERTES (Bs. 28.000,00), por concepto de honorarios profesionales causados en el juicio que por Cobro de Prestaciones Sociales intentó el ciudadano JEAN CRUZ CARABALLO, en contra de la sociedad mercantil F Y F CONSTRUCCIONES, C.A. y PDVSA PETRÓLEO Y GAS, S.A., expediente N º BH13-L-2003-000080.-
No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la decisión.
Publíquese. Regístrese. Notifíquese a las partes. Déjese constancia de la anterior decisión en el copiador respectivo.
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