En virtud de las consideraciones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Primero de Primer Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y definitivamente firme como ha quedado el Decreto de Intimación de fecha 04 de mayo del 2010, por cuanto la parte intimada no hizo oposición al procedimiento, ni al decreto Intimatorio, ni tampoco compareció a pagar voluntariamente las sumas de dinero adeudadas, monto por el cual se le demandó, conforme lo establece el artículo 647 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA la ejecución forzosa del mismo, en el juicio que por de Cobro de Bolívares, tramitada por el Procedimiento por intimación, incoada por el ciudadano ALEXIS MALAVE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.297.004, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 57.173, en su carácter de.....