Con base a los argumentos de hecho y de derecho que anteceden en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la Ley, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Tránsito de esta Circunscripción Judicial, actuando como Tribunal de Alzada, declara: PRIMERO: CON LUGAR, la apelación interpuesta por el abogado JOSE RAMON ALVAREZ, plenamente identificado en autos, en contra de la decisión dictada por el Juzgado de los Municipios Manuel Ezequiel Bruzual y Francisco del carmen Carvajal de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Clarines, en fecha 16 de mayo de 2.008.- SEGUNDO: REVOCA, la decisión dictada por el Juzgado de los Municipios Manuel Ezequiel Bruzual y Francisco del carmen Carvajal de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Clarines, en fecha 16 de mayo de 2.008.- TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la presente demanda por DESALOJO; intentada por el abogado JOSE RAMON ALVAREZ, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 71.52.....