Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en el presente juicio de acción reivindicatoria intentado por el ciudadano OCTAVIO RAFAEL ALMEIDA GONZALEZ, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 91.168, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana JULIA MARIA ORTA de DIAZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 1.300.264, en contra de la ciudadana ELENA MERCADES MORGADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.491.830, y domiciliada en la Calle Brisas del Cari, casa Nº 36, del Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, declara: Se niega la solicitud de declarar confesa a la parte demandada.....