En base a las anteriores observaciones, este Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, DECLARA CON LUGAR la demanda por DESALOJO DE INMUEBLE incoada por el ciudadano ORLANDO ANTONIO DÍAZ GOLINDANO, a través de apoderados, en contra del ciudadano JESÚS RAMON BRAVO MARTÍNEZ, ambas partes plenamente identificadas en autos. En consecuencia el demandado deberá hacer entrega a la parte Actora, completamente desocupado, libre de personas y de bienes, el inmueble signado con el Nº 152, ubicado en la zona Sur de la Urbanización Francisco de Miranda, Av. Winston Churchill Sur, Municipio Simón Rodríguez de esta ciudad de El Tigre, Estado Anzoátegui.
De conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte demandada por haber resultado totalmente vencida en el presente juicio.