Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en funciones de Ejecución Nro. 02, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: PRIMERO: Conforme al artículo 512 del Código Orgánico Procesal Penal, se revoca el Beneficio de Destacamento de Trabajo otorgado por éste Juzgado en fecha 20-02-2.009, por incumplimiento de las condiciones impuestas y se acuerda librar orden de captura en contra del ciudadano JHON EDWERS BRAZON TORRES, titular de la cédula de identidad número 18.848.114, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO FRUSTRADO EN GRADO DE COAUTOR y OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, cometido en perjuicio de los ciudadanos ARQUIMEDEZ JOSE MARQUEZ, CARMEN JOSEFINA DE MARQUEZ, ARGENIS RAFAEL MARQUEZ GIL; debiéndose remitir los respectivos oficios al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisiticas, Sub-Delegaciones Pue.....