Este Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio del Sistema Penal de Responsabilidad de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, actuando como Juez Unipersonal, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley de conformidad con lo consagrado en el articulo 376 del Código Orgánico Procesal Penal aplicado supletoriamente por remisión expresa del articulo 537 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente y articulo 583 ejusdem, Declara RESPONSABLE, a los jóvenes adultos IDENTIDAD OMITIDA, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTOR, previsto en los artículos 458 y 83 del Código Penal en agravio del Ciudadano: JOSE TAIPO y lo SANCIONA con la medida de AMONESTACION. Todo de conformidad a lo establecido en los artículos 620 literal A) y 623, 622, de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, en concordancia con el articulo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, a.....