Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera  Instancia  en  lo  Civil  Mercantil  y Agrario de la Circunscripción Judicial  del  Estado  Anzoátegui,  administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA  en la presente  causa Cumplimiento de Contrato de Opción de Compra-Venta que ha incoado el ciudadano DOUGLAS JOSÉ URBINA GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, de profesión Chofer, titular de la cédula de identidad Nº 11.553.541 y domiciliado en el Municipio Rafael Urdaneta, Estado Miranda, debidamente asistido por el abogado YANSON ZAMBRANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 126.903, en contra de la ciudadana IVET MARIA ZAMORA ESCOBAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.665.120 y domiciliada en la Avenida Américo Vespucio, Lechería, Estado Anzoátegui. Así se decide.