Ahora bien, por cuanto se evidencia que las prenombradas bienhechurias se encuentran enclavadas en un terreno perteneciente al Municipio Mac Gregor del Estado Anzoátegui, según se evidencia de Constancia Catastral Nº 1056, expedida por el ciudadano: Ángel Rengel, Director de Catastro de fecha 19-08-2015, cursante al folio siete (07), la información favorable sobre la condición jurídica del terreno, expedida por la Abg. Milagros Torres, Sindico Procurador del Municipio Sir Gregori Mac Gregor, cursante a los folios doce (12) y Trece (13) y la declaraciones rendidas por los ciudadanos: RAMON ANTONIO RAMIREZ MARTINEZ y SONSIRE DEL VALLE MALAVE PERALES, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nos. 83494.717 y 16.141.676, respectivamente, ambos domiciliados en el Crucero, sector la Fragua, Parroquia Tomas Alfaro Calatrava, carretera vía Aragua de Barcelona – Zaraza, casa s/n, Municipio Sir Arthur Mac Gregor del Estado Anzoátegui, quienes fueron hábiles y contestes.....