Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decreta el SOBRESEIMIENTO de la causa que se instruyó en contra de los ciudadanos CARLOS CELESTINO GUZMAN CANACHE, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-8.244.546, EDITH JOSEFINA RAMIREZ, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-8.232.560, AMERAIDA COROMOTO GUZMAN CANACHE, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-8.215.133, EVELYN VANESA OSUNA RUIZ, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-15.707.809, JONNY JOSE MILANO, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-8.256.367, PEDRO ROJAS PEROZA, de nacionalidad venezolana, sin datos respecto a su cédula de identidad y ANGEL JOSE ROJAS PEROZA, de nacionalidad venezolana, .....