En virtud de las razones expuestas anteriormente este Juzgado Segundo de Primera Instancia de mediación y sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, sede Barcelona, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: EL ABANDONO DEL TRAMITE , en la presente demanda de demanda de COLOCACION FAMILIAR, presentada por la Fiscal Décimo Primera del Ministerio Público del Estado Anzoátegui, Abogada EGRIS LIRA ZAMBRANO, a requerimiento del ciudadano PASCUAL ANTONIO GUAICARA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 3.173.669, en contra de la ciudadana ISMENIA JOSEFINA GUAICARA RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. V-21.067.976, domiciliada en San Francisco, Calle Principal, Casa S/N, Color Rosado, Puerto Píritu, Estado Anzoátegui, en beneficio del adolescente (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la.....