Éste Tribunal Penal De Primera Instancia Estadales Y Municipales En Funciones De Control Nº 03 Del Circuito Judicial Penal Del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia En Nombre De La República Bolivariana De Venezuela Y Por Autoridad De La Ley decidió PRIMERO: APROBÓ EL ACUERDO REPARATORIO celebrado en esta audiencia entre el imputado CHARLYS ENRIQUE MORENO CEDEÑO y los ciudadanos CARLEIDYS ORIANA GUAZZ LUNA, RONALD RAFAEL SILVEIRA RIVAS, WILMER JOSE LOPEZ FERNANDEZ, ALEXANDER RAMON SARRAMEDA MILLAN, CARLOS ENRIQUE GUAZZ LUNA, DEIBY JOSEFINA VELASQUEZ MILLAN y ADRIANA ISABEL VELASQUEZ MILLAN titulares de las cedulas de identidad N° 25.566.536, 17.221.361, 24.983.460, 19.496.456, 25.566.535, 11.418.928. y 11.418.928 en su orden, por la comisión del delito de ESTAFA AGRAVADA CONTINUADA CON MULTIPLICIDAD DE VICTIMA, previsto y sancionado en el artículo 462, en concordancia con el articulo 99 del Código Penal, conforme a los términos expuestos, se acuerda homologar el acuerdo repara.....