Por lo antes expuesto, este Tribunal de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA para el ciudadano MARCELINO ANTONIO TABEROA, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 11.423.103, soltero, Mecánico, nacido en fecha 16-01-1970, de 36 años de edad, hijo de los ciudadanos: JUAN LOPEZ (V) y LOURDES TABEROA, residenciado en la Calle Corazón de Jesús, Sector N° 03, La Ponderosa, Barcelona, Estado Anzoátegui,; LA LIBERTAD SIN RESTRICCIÓN, de conformidad a lo consagrado en el artículo 44, ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los principios de debido proceso, presunción de inocencia y afirmación de libertad, previstos en los artículos 1,8 Y 9 del Código Orgánico Procesal Penal, al no estar demostrado su participación en la comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y san.....