Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley,.declara: CON LUGAR la acción de CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN incoada por la ciudadana ROSA ELENA CONDE, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-14.320.938, a favor de su hija, contra el ciudadano MARCO RODOLFO MEDINA TOVAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula Nº V-13.095.853. En consecuencia conforme a lo expuesto en la parte motiva de la presente decisión, este Tribunal de Juicio dispone: PRIMERO: Se le condena a pagar al ciudadano MARCO RODOLFO MEDINA TOVAR a favor de su hija, la suma de NOVECIENTOS SESENTA BOLIVARES EXACTOS (Bs.960,00), por concepto de obligación de manutención vencidas, líquidas y exigibles, mas los correspondientes intereses moratorios .....