Por todos los razonamientos antes esgrimidos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control Nº 01, Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, solicitado por las Representantes del Ministerio Público del Estado Anzoátegui, a favor del ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, anteriormente identificado, por la presunta comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO previsto en el articulo 277 del Código Penal, cometido en perjuicio del ORDEN PUBLICO y en consecuencia se ordena la cesación de la condición de imputado del ciudadano IDENTIDAD OMITIDA y se pone término al presente proceso. Todo ello de conformidad con lo previsto en el artículo 561 literal d, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con los artículos 318 numeral 4, 319 y 323 del Código Orgánico Procesal Penal, a.....