DECLARA CON LUGAR, el petitorio de la Defensa y ACUERDA: SUSTITUIR la medida de PRISION PREVENTIVA al jóven IDENTIDAD OMITIDA, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES EN GRADO DE COAUTOR, previsto en los artículos 406 numeral 1 en relación con el articulo 83 del Código Penal, en perjuicio de EDWAR LUIS PAREJO MARCANO, prevista en el artículo 581 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; por las medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad establecidas en el artículo 582 literales "C" y "G" consiente en: la presentación cada 8 días por ante el alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, Luego de cumplir con la finaza personal, consistente esta en la prestación de Fianza personal, de CUATRO FIADORES, debiendo los fiadores presentar constancia de trabajo, con salario mínimo, constancia de residencia expedida por el consejo comunal de la localidad de la residencia, ello con la finalidad de constituirse como fi.....