Este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda REVOCAR EL BENEFICIO DE DESTACAMENTO DE TRABAJO al penado VICTOR MANUEL LEDESMA SIMANCA, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula Nro. V- 11.962.603, natural de Valencia, Estado Carabobo, donde nació en fecha 04-08-72, de profesión Taxista, hijo de los ciudadanos AHIDA COROMOTO SIMANCAS Y VICTOR LEDESMA, residenciado en el Barrio Padre Alfonso, callejón Los Morochos N° 110-A-5, Valencia; por haber incumplido las condiciones impuestas para su permanencia en dicho régimen. En consecuencia Procédase a librar la correspondiente Boleta de Encarcelación a nombre del referido penado y remítase con orden de captura a la Delegación del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Delegaciones Caracas, Barcelona y Puerto la Cruz.. Librense las correspondientes Notific.....