Este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, administrando justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara: PRIMERO: SIN LUGAR LA APELACION ejercida por la abogada en ejercicio MERCEDES G. GOMEZ RODRIGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 36.831, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana DOLORES MARCANO de CHACIN, titular de la Cédula de Identidad N° 2.439.511, en contra de la sentencia dictada en fecha 08 de Abril de 2.015, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia recurrida, sin la imposición de las costas del recurso dado el carácter del fallo.