SE DECRETÓ MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD, al imputado R.J.F.R., de conformidad con lo establecido en el literal "C" "D" Y "H" del artículo 582 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por la presunta comisión del delito de DETENTACION DE MATERIAL INCENDIARIO, previsto en el Articulo 296 del Código Penal Venezolano. Se ordenó la aplicación del Procedimiento Ordinario, solicitado por el Fiscal del Ministerio Público.