Este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara, CON LUGAR la Prescripción Extintiva intentada por la abogada Mayra Martínez, actuando en su carácter de representante judicial de la sociedad mercantil Inversiones C.B. ONIX, C.A. contra el Banco Industrial de Venezuela, C.A., todos, ya identificados. Así se decide.
En consecuencia de lo decidido anteriormente, se ordena oficiar a la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Bolívar del Estado Anzoátegui, a la cual se le remitirá copia certificada de la presente decisión, a los fines de que una vez que quede firme la presente decisión, protocolice la misma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 696 del Código de Procedimiento Civil. Y así también se decide.