Vista la SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, presentada por el ciudadano WILMER GÓMEZ MORENO, antes identificado y los recaudos acompañados; y revisados los mismos, se desprende que efectivamente el Solicitante nació en fecha 21 de octubre de 1.959, en el Caserío La Meseta, Parroquia Campo Claro, Jurisdicción del Municipio Mariño del Estado Sucre, tal como consta de Acta de Nacimiento N°. 262, emanada de la Prefectura de la mencionada Parroquia.
Establece el artículo 769 del Código de Procedimiento Civil: "Quien pretenda la rectificación de alguna partida de los registros del estado civil , o el establecimiento de algún cambio permitido por la Ley, deberá presentar solicitud escrita ante el juez de Primera Instancia en lo Civil a quien corresponda el examen de los libros respectivos según el Código Civil..." (negrilla nuestra).-
En tal sentido, partiendo del espíritu, propósito y razón explanado por el Legislador en.....