Por los anteriores razonamientos de hecho y de derecho, este tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en el artículo 770 del Código de Procedimiento Civil, declara CON LUGAR la solicitud de INSERCION DE ACTA DE DEFUNCIÓN, formulada por la ciudadana NORMA LUISA MALAVE, identificada en autos, y ordena remitir copia certificada de la presente decisión al ciudadano Director del Registro Civil de la población de San José de Guanipa, Municipio Guanipa del Estado Anzoátegui, a fin de que inserte la correspondiente acta de defunción en el Libro de Registro Civil de Defunción llevado por ese despacho en el presente año, en la que se indique que el ciudadano JONNYS DAVID GONZALEZ HERNÁNDEZ, falleció en la población de San José de Guanipa, en fecha seis de abril de dos mil dos, siendo su esposa la ciudadana NORMA LUISA MALAVE y dejo tres (3) hijos de nombres JATZUNY ROSARIO, JUNAILETH DEL VALLE y JON.....